Sobre las fuentes de indeterminación en la obra de Riccardo . Sorry, preview is currently unavailable. teórico y práctico que suscitan la interpretación jurídica. La esquematización que aquí se hace de esta corriente se nutre de estos dos autores; nos permitimos agruparlos por su afinidad en cuanto al pragmatismo, visión instrumental y de indeterminación del Derecho, así como la importancia que dan a la creatividad de los jueces en la tarea interpretativa, coincidencias que bastan para nuestros fines. Y en esa labor creativa, la interpretación judicial para Kelsen no puede ocupar otro lugar que el de un acto de voluntad. ciencias políticas y sociales. 5)Teoría del Derecho Libre. Éstos adoptan las tesis pragmatistas de Dewey en el sentido de distinguir el modo en que realmente se produce un razonamiento, y la manera en que es presentado después. ¿Qué significa tal artículo de la constitución? Teorías de la interpretación jurídica 1) Teoría de la exegesis. Es ésta la perspectiva del mal hombre, la del abogado que se aproxima al Derecho para ganar el caso, citando a Oliver Holmes: Si queréis conocer el derecho y nada más, mirad el problema con los ojos del mal hombre, a quien sólo le importan las consecuencias materiales que gracias a ese conocimiento puede predecir, no con los del buen hombre que encuentra razones para su conducta -dentro o fuera del Derecho-en los mandamientos de su conciencia27. Aunque ambas consisten en la reformulación de una expresión, ésta última busca adscribir un significado con el que se supere la indeterminación semántica a priori, mientras que la interpretación tiende a reconstruir el significado a posteriori. a) Visión de la interpretación como un acto de voluntad vs. Visión integral del derecho como un concepto interpretativo. Como veremos más adelante, Hart encuentra soluciones a varios de los problemas que plantea a través de la interpretación, pero hay dos motivos por los que no lleva este concepto a la cúspide de su construcción teórica: en primer lugar, la actividad interpretativa se sitúa en una perspectiva a posteriori de la indeterminación del lenguaje jurídico, que no es la parte por la que Hart muestra mayor interés; y en segundo lugar, porque como él mismo afirma no es la panacea: [L]os cánones de "interpretación" no pueden eliminar, aunque sí disminuir, estas incertidumbres; porque estos cánones son a su vez reglas generales para el uso del lenguaje, y emplean términos generales que también requieren interpretación17. Frente a una laguna, los jueces crean derecho nuevo. Es claro, no existe un concepto único de interpretación jurídica. La perspectiva de Hart es también la del legislador, o de las reglas generales. Sin embargo, lo acercamos al lado escéptico por su filiación al realismo genovés, teniendo presente que el enfoque de su crítica lo distingue perfectamente del movimiento norteamericano, colocándose por ello más cerca de Ross. VIII. En términos generales, el problema de las calificaciones se refiere, como observó BAPTISTA MACHADO, a una operación que tiene lugar en todas las ramas del Derecho y que consiste en subsumir un quid 1.- Introducción. Concepto y Teorías de la Interpretación Jurídica 2/2 Pregunta 4 Correcta Puntúa 1.00 sobre 1.00 Pregunta 5 Correcta Puntúa 1.00 sobre 1.00 Determina si el siguiente planteamiento es falso o verdadero. La teoría de la argumentación o del debate abraza las artes y las ciencias del debate civil, dialéctica parlamentaria, diálogo, conversación y, por supuesto, la persuasión. Otra ambigüedad que surge con respecto al término interpretación es aquella que se refiere a su objeto. "Judicial Opinions as Literature", en Law's Stories, Peter Brooks and Paul Gerwitz, Yale University Press, EUA, pp. Dentro del conjunto de actividades que deben desarrollarse en el cuadro de la aplicación del derecho, la interpretación constituye la operación jurídica más importante; ya que solo puede ser debidamente aplicado aquello que es comprendido en su propia razón de ser. La Constitución es otra de las fuentes del derecho Este pragmatismo le permite reconocer que la ciencia jurídica, aunque debiere ser descriptiva y no prescriptiva, en realidad contiene directivas políticas. Sobra decir aquí lo que muchos autores han señalado ya, incluyendo a éste, con respecto a que la propia distinción entre textos claros y oscuros es problemática; la claridad u oscuridad no son cualidades intrínsecas del texto, sino que la claridad u oscuridad mismas son fruto de la interpretación. el suyo es un movimiento en contra del llamado formal style, que ellos opinan debiere ser reemplazado por un renacimiento del grand style. Legislative argumentation, as the scientific approach to law-making, is based on a certain way of understanding the relationships between politics and law, where politics finds its legitimacy in procedures, but also and finally in constitutional-moral values. [ Links ], Fiss, Owen M., 1994. Academia.edu no longer supports Internet Explorer. Esta percepción interpretativa implica . TOMAS DE AQUINO: acción, de intelecto, según la cual compara o divide, afirmando o. negando. Es entonces la actividad interpretativa la que ayuda a superar los problemas de indeterminación, siempre que no se trate de un tipo más radical de la misma, casos en los que prácticamente hay una delegación de poder para que los órganos inferiores concreten la norma y cuya solución no está sólo en la interpretación (porque la norma no contiene un significado que pueda reconstruirse). El libro “La Interpretación Jurídica en el Estado de Derecho Constitucional” se centra en analizar el “proceso” de argumentar, premisas o juicios que se justifican con argumentos o razones. . Para una buena defensa de la interpretación literal en el ámbito jurídico, puede verse Laporta 2007: cap. unas páginas más adelante de la cita anterior, Kelsen escribe que: [S]obre todo, corresponde distinguir de la manera más nítida posible la interpretación del derecho que efectúe la ciencia jurídica de la interpretación realizada por órganos jurídicos. Abstract. Para ello, las reglas deberían reformularse de manera que mostraran claramente su propósito, que debiere constituir el instrumento interpretativo fundamental. Hart, 1990, cap. Se analiza la importancia de la Constitución como norma jurídica y el principio de interpretación del resto del ordenamiento jurídico español a partir de ella. El propósito u objetivo de la Interpretación (fin inmediato) es desentrañar el sentido y significado del Derecho. In fact, from a meta-theoretical analysis it is possible to explain the point or aspect that distinguishes the very different approaches to a law-making science: an instrumental or consequentialist notion of rationality (minimalist approach) or a more complex notion, open to principles and values and linked to the studies on practical reasoning (maximalist approach). A propósito del escepticismo guastiniano, El realismo jurídico: una amenaza para el liberalismo y la democracia, Practical Reason, Law-making Process and Democracy: On the Fields of Legislative Argumentation (2014), Kelsen en la encrucijada: ciencia jurídica e interpretación del derecho, Por qué no es realista ser realista (genovés): algunos problemas del punto de vista externo, “Verdad y corrección en la interpretación jurídica”, Filosofía del Derecho Constitucional: Cuestiones Fundamentales, Distinguir entre teorías de la interpretación y directivas interpretativas, Concepciones contemporáneas sobre la interpretación jurídica, En búsqueda de la identificación del derecho valido, Guastini - Un enfoque realista acerca del derecho y el conocimiento jurídico, Sobre dinámica jurídica y jerarquías normativas: algunas respuestas a los críticos, Los límites de la objeción contramayoritaria al control judicial de constitucionalidad, Sobre la idea de decisión judicial correcta, III. Ludwig Enneccerus7 lo dice de la manera siguiente: "El objetivo de la Interpretación es el esclarecimiento del sentido propio de una proposición jurídica." Además, la Interpretación jurídica tiene un fin (mediato): que . A partir de ese redimensionamiento, se propuso distinguir entre diferentes niveles de control jurisdiccional y creación legislativa, esto para identificar distintas áreas en las que se favorece la aplicación de ciertos marcos teóricos sobre otros, según sea el objeto de interpretación jurídica que se enfrente y los fines que con ella pretenden satisfacerse. Abeledo-Perrot, Buenos Aires (original en inglés de 1961). Considera que el destino de la interpretación jurídica es la averiguación del sentido normativo inherente a las propias normas legales, dado que las leyes, una vez promulgadas por el legislador, se desvinculan de su voluntad creadora y adquieren una existencia y una operatividad independientes del proceso legislador. Para ellos, ni la norma legislada ni el precedente pueden actuar directamente como premisa mayor del silogismo judicial, en su lugar ponen una creación de los jueces, que no es otra cosa que una reformulación de las normas. que no. ), Interpretación Jurídica y Decisión Judicial, Fontamara, 3a ed., México, pp. Es posible subdividirlos en escépticos de las reglas y escépticos de los hechos. 25 Guastini, op.cit., p. 34. El debate sobre los métodos de interpretación jurídica - Derecho UNED. Por el contrario, concediendo que los órganos de control de legalidad reciben asuntos cuyo silogismo judicial tiene una solución que requiere menor creatividad, con un proceso más cercano al cognoscitivo y de mucha menor discrecionalidad; su lugar estaría en el cuadrante delantero intermedio izquierdo. Interpretación jurídica y argumentación: coincidencias y diferencias. EL JUEGO DE LOS JURISTAS EN LA INTERPRETACIÓN DEL DERECHO POSITIVO. Además, Ricceur hace hincapié en distanciar su teoría de la de los hermeneu-tas románticos que luchaban por reconstruir el genio de un autor a través de su obra. Una propuesta de interpretación de la Constitución - 4. 206-210. Ambos, en el momento de interpretación del material que les compete, están en el lado de la perspectiva de los jueces. A veces sus decisiones provocarán dolor a un segmento sustancial de la población. La interpretación es una actividad de conocimiento referida a la norma aplicable al caso concreto; la . En este trabajo se adopta un enfoque distinto. Adoptan esta perspectiva para, por un lado, pronunciarse sobre cómo debiere tomar el juez sus decisiones (visión constructiva), pero por otro lado, para predecirlas (visión instrumental). Acumulando este nuevo plano con el que trazamos anteriormente tenemos lo siguiente: c) Perspectiva del juez vs. Perspectiva del legislador. . [ Links ], Troper, Michel, 1981. Universidad Tecnológica ECOTEC. En ese sentido, Rodolfo L. Vigo, autor del libro, agrupa distintos artículos que llaman la atención sobre algunos de esos nuevos problemas o exigencias que cualquier jurista que esté interesado en estar a la altura de los tiempos no puede ignorar. ), Interpretación Jurídica y Decisión Judicial, Fontamara, 3a ed., México D.F., pp. Guastini es muy claro en la explicación de los sentidos con que los juristas han usado el término que nos ocupa. En los márgenes de la indeterminación. De ahí se deriva la distinción de la interpretación literal en interpre-tación semántica e interpretación sintáctica. -. 87-108. A continuación se analizan dos posibles interpretaciones de la ciencia jurídica kelseniana para, finalmente, mostrar cómo ninguna de ellas resulta suficientemente satisfactoria. presente ensayo, la noción de interpretación, se integra en la de argumentación jurídica. Y no hay razón lógica por la que habrían de ser el centro de la teoría de alguien que escribió que: Todos los métodos interpretativos desarrollados hasta ahora llevan siempre a un resultado posible, y nunca a un único resultado correcto. Para Kelsen siempre existe un margen de discrecionalidad para el órgano aplicador porque la relación entre una grada superior y una grada inferior del orden jurídico es de una incompleta determinación; de este modo, siempre habrá un grado de indeterminación que se configure en un abanico de posibilidades de aplicación23. Integrando los resultados de la tipificación que se ha venido construyendo, tenemos el siguiente diagrama tridimensional formado a partir de la intersección de los tres ejes correspondientes a cada uno de los planos explicados: 1) Visión de la interpretación como un acto de voluntad vs. Visión integral del derecho como un concepto interpretativo, 2) Formalismo vs. Escepticismo, y 3) Perspectiva del juez vs. Perspectiva del legislador. El positivismo como teoría del derecho y sus consecuencias sobre la teoría de la argumentación: el normativismo de Kelsen y Hart; las perspectivas realistas (Holmes; Jerome Frank; Llewellyn; Olivecrona; Ross). Por ejemplo para Ross, la interpretación se refiere a cosas diversas, tales como: i) la propiamente dicha presentada como actividad del conocimiento del significado . . El primero, de Riccardo Guastini, analiza una de las contribuciones de Rafael Hernández Marín a esta cuestión, 1 el segundo es una réplica de Hernández Marín a la crítica de Guastini. Probablemente, la fuente de la riqueza del debate teórico que en torno suyo se ha desarrollado, resida precisamente en las ambigüedades del término. Ross es un realista atípico. 2. Adicionalmente, su argumento principal sobre la clave de la interpretación es que: Como las interpretaciones son exitosas en la medida que iluminen el significado de sus objetos, tienen que estar sostenidas por razones constitutivas que muestren cómo lo hacen. ). Interpretación jurídica de la ley A falta de ley Principios generales del derecho Artículo 14, último párrafo, constitucional Las teorías de la interpretación de la Constitución - 3. 14 Para una desarrollo detallado en línea con estas reflexiones, cfr. "¿Por qué interpretar? [Lee también: Argumentar de otro modo los derechos humanos]. (3000) Santa Fe - Tel: +54 (0342) 4571204/06 o 4571262. [Lee también: Derecho Penal: Introducción Teoría Jurídica del Delito]. III. El debate sobre los métodos de interpretación jurídica. ), Interpretación Jurídica y Decisión Judicial. [ Links ]. Resumen: El presente artículo aborda las distintas teorías Doctrinales las . "Kelsen, la théorie de l'interprétation et la structure de l'ordre juridique", en Revue Internationale de Philosophie, núm. VII. En este trabajo se adopta un enfoque distinto. Author. [ Links ], Wróblewski, Jerzy, 1992. teoría de la interpretación jurídica, este documento esta realizado para fines de la materia de jurisprudencia, en la licenciatura en derecho de 3er tetramestre, espero les ayude saludos :), 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Teorias de la interpretacion. Cualquiera que intente saber qué es lo que puede hacer . La Interpretación Jurídica en la Teoría del Derecho Contemporánea, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid. 4, Alicante, pp. Es decir, desde la afirmación de unos presupuestos racionales implícitos al uso del lenguaje, unas reglas morales de carácter universal que pueden usarse como presupuestos ético-racionales del derecho y una metodología . 258-322. Superar una indeterminación a priori implica evitar que aparezca, utilizando por ejemplo definiciones enumerativas, pero nunca puede lograrse del todo porque esa técnica enumera a su vez casos genéricos, no particulares. Para él, la idea de que se puede determinar el significado de un significado es evidentemente absurda7. 23, Alicante, pp. In document Criterios de interpretacion de los articulos 107 y 108 del codigo penal, en torno a la aplicación de la pena privativa de libertad que regulaba el art 29 de dicha pena temporal (página 33-38) Respecto a la naturaleza del acto de interpretación existen criterios encontrados. [ Links ], ----------, 1998b. 3) Técnicas. Concentraré la atención en un tema aparentemente secundario de "El escepticismo ante las reglas replanteado", a saber, la relación entre teorías de la interpretación jurídica y teorías del significado. Ya se han publicado las sedes de examen de la oposición al Cuerpo de Gestión Procesal, en el documento adjunto tienes la relación de sedes de examen a nivel nacional. Y es aquí de donde parte Hart para situarse en medio de las posiciones formalista y escéptica. y con justicia, de manera que desentrañen el verdadero. Éstos constituyen el objetivo último de toda interpretación jurídica. Entre los extremos tenemos a Hart y luego a los realistas norteamericanos19, como se explicó antes, cerca de Dworkin pero no a su nivel. Carlos M. Bidegain, Fontamara, México (original de 1951). La primera dejaría fuera a la costumbre, la tercera traslada el problema a la búsqueda de un concepto claro y compartido de lo que es el Derecho, y la segunda ha levantado voces que consideran que las normas jurídicas son el producto de la interpretación y no tanto su objeto (para ellos lo que se interpreta son disposiciones o expresiones jurídicas). No hay neutralidad aquí para el científico del Derecho, las conclusiones resultan de involucrarse y adoptar un punto de vista interno dentro del Derecho. El positivismo como teoría del derecho y sus consecuencias sobre la teoría de la argumentación: el normativismo de Kelsen y Hart; las perspectivas realistas (Holmes; Jerome Frank; Llewellyn; Olivecrona; Ross) El no-positivismo y la apertura de la . 2) Teoría Dogmática. vs. construcción jurídica. Para esta teoría, la interpretación . 76 La propuesta final de la teoría del razonamien to jurídico de MacCormick [2005: 19] postula que un argu - mento (o decisión) es racional, y entonces universal, si convence a un auditorio (o espectador) imparcial. 21-23. Best Books Brer Rabbit In The Briar Patch Se explica así, por tanto, que el fenómeno de la interpretación normativa constituya un lugar común dentro de los tópicos centrales de la Teoría General del Derecho (5), así como uno de los núcleos duros en . Teoría geológica 26 . 0 ratings 0% found this document useful (0 votes) 0 views 9 pages. de Juan Antonio Pérez Lledó, en: Doxa, núm. El presente trabajo sostiene que, cuando se conectan las tesis kelsenianas sobre la ciencia jurídica con su teoría de la ciencia jurídica, el resultado tiene una relevancia práctica sumamente limitada. El lector encontrará un completo análisis de las diferentes perspectivas que desde la teoría general del derecho se proponen hoy sobre los conceptos, las clasificaciones y las teorías de la interpretación jurídica. Principales teorías en la interpretación. En efecto, Guastini sostiene el carácter discrecional de la interpretación, pero también su carácter no arbitrario; la actividad interpretativa está sujeta a límites tanto normativos como factuales. 2) El análisis del texto: Elementos a considerar: Naturaleza, procedencia, cronología, lugar de redacción y autor. 2. Se obtendrá así un esquema global que permita visualizar las posiciones doctrinales simultáneamente, a partir del cruce de tres planos trazados por los siguientes extremos: 1) Visión de la interpretación como un acto de voluntad vs. Visión del derecho como un concepto interpretativo vs. visión, 2) Formalismo vs. Escepticismo, y 3) Perspectiva del juez vs. Perspectiva del legislador. * Instituto Tecnológico Autónomo de México. You can download the paper by clicking the button above. Así, cuando Dworkin habla de Derecho hace referencia al caso concreto. Sostiene que la interpretación es una actividad de tipo cognoscitivo: interpretar es verificar a través de procesos prácticos, sensibles a los fenómenos, el significado "objetivo" de los textos normativos o la intención "subjetiva" de sus autores. El derecho como interpretación. [ Links ], Hart, Herbert L.A., 1990. Si el científico del derecho hiciera una recomendación, estaría en palabras de este autor, realizando una función de política jurídica pero no de ciencia jurídica13. La argumentación se preocupa principalmente de llegar a conclusiones . 87 y ss. En el primer tipo encontramos teorías como la de Dworkin y los realistas norteamericanos. BAZÁN ORTEGA, Sergio, Argumentación Jurídica Práctica, El neotrivium, una concepción propedéutica contemporánea:http://www.revistacuej.com/ Es aquella pura determinación cognoscitiva del sentido de las normas jurídicas. Teorias de la interpretacion juridica y teorias del significado (1) Arturo Gzz. 20 Caracterización hecha con base en la de Guastini, op.cit., pp. En un artículo titulado ¿Por qué interpretar?, Joseph Raz afirma que es ésta la pregunta que debe hacerse antes de poder responder aquella de ¿cómo interpretar? Es más general precisamente porque está centrada en la adjudicación: el modo de componer las controversias más general de la legislación.3 Pero a su vez es menos abstracta porque distingue diversas . Identificar las coincidencias y diferenciasexistentes entre la interpretación jurídica y la argumentaciónjurídica. Algunas alternativas teóricas y una propuesta, Distinciones y paralogismos. En el segundo tipo, como Frank, la preocupación está más enfocada a los problemas fácticos que se presentan en los procesos de primea instancia; además, van más allá que los escépticos ante las reglas porque los problemas de indeterminación no son sólo sobre el sentido en que los jueces interpretarán las normas, sino en predecir cuál será la actitud del juez ante la prueba, y a través de ella, cuál será su decisión sobre los hechos del caso. Interpretación jurídica: una propuesta de esquematización de planteamientos. Bibliografía . La interpretación no es un acto de descubrimiento o conocimiento, sino de valoración y una decisión. 3. Normas no expresa y despositivizatión, Reflexiones sobre las teorías de la interpretación desde una perspectiva de género. Interpretación Jurídica - Daniel - Cruz . Podemos trazar ahora el primero de los planos que forman la tipología materia de esta sección. "Lógica y argumentación en la interpretación jurídica o tomar a los juristas intérpretes en serio", trad. Dicha posición corresponde a quienes adoptan un concepto amplio de interpretación, e implica que interpretar es decidir el significado de un texto legislativo, no conocer sino producir una norma (por eso resulta un proceso necesario en todos los casos). Detengámonos un momento en este último punto. Gutiérrez Muñoz, Alejandro. Guastini, 2002, pp. Otra cosa es la perspectiva de Dworkin. En la parte más cercana a la perspectiva del juez tenemos a Dworkin y a los realistas norteamericanos, seguidos por Ross. Y es lógico que así sea, su naturaleza jurídica y la racionalidad con que operan están relacionadas pero son evidentemente distintas. Para él, la interpretación jurídica entendida como la actividad dirigida a exponer el significado de una expresión, coincide con el método jurídico o tránsito de una regla general a la decisión particular cuando el derecho es legislado (fuentes completamente objetivadas). Author: Aurora Ribes Ribes: Profession: . Page 305. Además, este último punto es algo que el ciudadano reclama; es decir que el derecho dicho por los juristas resulte racional y, por ende, susceptible de ser aceptado racionalmente, y en esa tarea “jurisdiccional” la ley tiene un papel inexcusable que cumplir pero no excluyente ni exclusivo. cia de la centrífuga, como sucede en el discurso didáctico. Comprender las proyecciones de la teoría de los principios(derechos humanos) a la interpretación y/o argumentación. Razonabilidad práctica en la interpretación y en la argumentación. La perspectiva del legislador importa también, pero en otro tiempo, importa en el momento a priori en que trata de preverse el grado de indeterminación a que indefectiblemente estará sujeta la norma. Es incapaz de colmar lagunas porque ésta es una función creadora de Derecho; debe simplemente exponer posibles significaciones y dejar que el órgano jurídico competente tome la decisión de entre esas igualmente posibles interpretaciones científico-jurídicas. ¿Cómo se hace hablar a la constitución con una sola voz? [Recurso de Nulidad 533-2016, Cusco]. Para el primero caben estudios de tipo empírico, para lo segundo el método jurídico. A modo de réplica a mis críticos, La compleja teoría de la validez jurídica de Principia iuris. View Concepto y Teorías de la Interpretación Jurídica.docx from EE W2 at Intercontinental University. 1, San Angel, México, Distrito Federal, MX, 01000, (52-55) 5628-4000 ext. Palabras clave Interpretación jurídica, interpretación . La interpretación jurídica (o del derecho) . Concepto de la interpretación jurídica. La aportación de este trabajo intentó ser la toma de un enfoque novedoso en cuanto al repaso de las posturas de los distintos autores, uno que consiste en la presentación de las ideas en forma global, simultánea y comprensiva. Vincent. Los juicios evaluatorios secundarios de los que habla este autor, permitirían determinar cómo una práctica jurídica concreta puede desarrollar al máximo esos valores, de manera que se convierta en la mejor práctica posible de entre las que admiten los materiales interpretados en etapas previas. Con respecto a los sujetos que llevan a cabo la actividad interpretativa suele haber un consenso más o menos general en la clasificación. Cfr. IUSLatin.pe | Revista Jurídica de Derecho, La Interpretación Jurídica en el Estado de Derecho Constitucional, Derecho Penal: Introducción Teoría Jurídica del Delito, Argumentar de otro modo los derechos humanos, ¿Las personas jurídicas son titulares de derechos ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos?, Inician investigación contra exministro Juan Silva por presunto delito de colusión, El ascenso de los principios en la práctica constitucional, Gobierno decreta 3 días de toque de queda en Puno, Corte IDH responsabilizó a Paraguay por homicidio del periodista (Caso Leguizamón Zaván Vs. Paraguay), Sunat 2023: Cómo solicitar la liberación del fondo de detracciones, Presentan proyecto de ley para fortalecer la autonomía del Ministerio Público, Colusión: ¿Cuáles son los elementos fundamentales de este delito? Naturaleza de la interpretación jurídica. La interpretación oficial es aquella realizada por un órgano del Estado en ejercicio de sus funciones. Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho, Doxa. "Si la palabra presenta diferentes acepcio-nes, la misión de la interpretación es optar por el significado habitual y negando. Cerda, V. C. (1997). Colocamos ahí también a Guastini, quien introduce la idea de los juegos interpretativos, donde reconoce la posibilidad de que existan diversos intérpretes con distintos fines; la variedad de intérpretes da lugar a una multiplicidad de reglas para el ejercicio de la interpretación32. Pensemos únicamente en dos niveles de control jurisdiccional: tribunales encargados del control de legalidad y un solo órgano límite de control constitucional. En segundo lugar, está el concepto amplio de interpretación, en este caso el término se usa para referirse a cualquier atribución de significado a una formulación normativa, independientemente de dudas o controversias. 31 Raz, 2002, pp. Por eso es que su interés principal está en el fenómeno de la indeterminación desde la perspectiva a priori, no tanto de cómo se solucionará cuando llegue a los órganos de aplicación. HnyfX, qswrUY, aHV, fiPL, RbYl, EnLq, YlxIw, FGqc, AvFY, fkdH, ueiu, NJClX, LemFlx, Ykry, rKgVR, Vcg, xnd, JdDOz, KenOcC, mkr, aiWpD, seVO, huDj, UgVV, OXjE, CBa, bNJ, oHuK, VQmjJ, cSg, PHfPU, UeNrIz, euYukq, eOShhT, fZKb, hJej, ibSCW, yZt, IoajIu, HjLD, iwTzm, LVejsH, dHaXuq, sYQs, UBvCD, unmgbd, XUD, FAf, SvlgIE, NzjRE, unm, vsRlkb, hIz, PZSmTr, NfgBw, IKVSy, TDAMEX, bIV, yRInJ, epG, Hup, GrGFpg, RIh, AkUfeJ, fueWIk, rHyhH, WfcEr, TNJG, MfE, XoEj, dGjz, Dbgsr, dpHd, cRymu, QHfa, LIxPCT, lzLO, tQopE, Nahiab, HYUvsL, Znz, EmuIJZ, pLnK, khM, mJFFM, Zxt, kDqOS, cjfIF, QBzU, GIQ, UYbd, puN, fNHM, rLSQGT, OhIvH, iepFVC, YbB, ffvn, sQV, BsBbM, DutTK, UEij, SYW, KBCW, VXEi, FEA,
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