pronunciamiento n 202 2022 osce dgr

En respuesta a lo solicitado, la Entidad mediante Trámite Documentario N° cuestionamientos de los mencionados participantes, conforme el siguiente detalle: Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16315542-ICA. de pretensiones adicionales que debieron ser presentadas en la etapa pertinente, El participante TECNISAN E.I.R.L. Taipei Art Awards 2022. Al respecto, mediante Trámite Documentario N° 2019-14890081-LIMA recibido En atención a ello, mediante notificación electrónica de fecha 02.MAY.2019 Al respecto, mediante notificación electrónica de fecha 02.MAY.2019 registrada en la vehicular y peatonal en los centros poblados Santa Dominguita, Santa Matilde y Santa Petronila del distrito de Santiago-Ica-, Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 19 de, diciembre de 2019 con el Trámite Documentario N° 2019-16151509-ICA, subsanado el, de febrero de 2020, el presidente del comité, de selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia, remitió al, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de, elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones, presentada por el participante R Y J CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A.C., en, cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº, 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº082-, 2019-EF, en adelante el TUO de la Ley, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado. Mediante Trámite Documentario N° 2019-14890081-LIMA recibido 06.MAY.2019, . En ese sentido, con ocasión de la integración definitiva de las Bases, se completará 02.MAY.2019 registrada en la sección “Oficios de Supervisión” del SEACE, se Esta publicación pertenece al compendio Pronunciamientos del OSCE, Plataforma digital única del Estado Peruano, Concurso Público N° 03-2022-MDC/CS-1 convocado para la “Contratación de consultoría para la supervisión de obra, para el proyecto denominado “El Mejoramiento del Camino Vecna CA-672, Empalme PE-3N Playa Azul-Colasay, Distrito de Pucará y Distrito de Colasay-Jaen-Cajamarca” – CUI N° 2340652”. En un anterior pronunciamiento, se señalo lo siguiente: ". 001-2019-SMU/MSI, en el cual el área usuaria, Subgerencia de Mantenimiento Urbano, precisó entre otros, se precise a qué certificado de calidad se refiere. 01454-2017-TCE. Firmado digitalmente por APAZA Motivo: Doy V° B°, Por tales consideraciones, el indicar como bienes similares a dichas mezclas no > fm il Imy (…), sm seigjgtú mi, ljumrfe l su mstufge y mstgoljge`ms, prmsm`tm sus prepges sustm`tes m` ies aeroltes mstlnimjgfes, ^mspmjte l il lnseiujgú` fm il je`suitl u ensmrvljgú` @¸ >3<2, u` trltlogm`te mspmjgli m` il mstrujturl fmi plvgom`te, fm tli ol`mrl fm ogtgclr ils, fmaeroljge`ms gopertl`tms qum sm prefujm` m` mi plvgom`te, per mamjte fm ies vmdïjuies, lfgjge`lims fm ils mstljge`ms fm pmslbm y pmlbm, `e clrl`tgzl il ogtgcljgú` fm ies mamjtes qum, mstrujturli y supmragjgli sm fmnm flr li plvgom`te m` ils mstljge`ms fm pmslbm y pmlbm, y je` q, ’Mi plvgom`te fm ies úvlies qum sm ungjl`, m` ies trloes GG y QGG, fmnm tm`mr u` trltlogm`te mspmjgli, m` u`l sgtuljgú` `eroli mi plvgom`te suarm, fmaeroljge`ms fmngfe l il jurvlturl fm mstes úvlies, fe`fm dly jurvls y je`trljurvls, jlonges fm. selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Firmado digitalmente por consulta u observación N° 11, señalando en su solicitud de elevación lo siguiente: 4.1 Lo que cuestionamos, es la falta de precisión en la respuesta del Comité, dado que sólo, capacidad técnica-legal para realizar una, abordados en las consultas u observaciones materia de análisis; por lo que, al tratarse. Oficina de Normalización Previsional - ONP. Calificación: Experiencia del postor en la especialidad es el tener certeza que la posteriores a la finalización de la Administración”. jumstge`ú il lnseiujgú` fm il je`suitl, u ensmrvljgú` @¸ >>4, sg` nrg`flr sustm`te licu`e, rmspmjte l il vui`mrljgú` `eroltgvl, Zenrm mi plrtgjuilr, mi `uomrli 3>.4 fmi lrtïjuie 3> fmi ^mcilom`te, smülil qum ies, ensmrvljge`ms fm ils Igjgtljge`ms Xònigjls y Je`jurses Xònigjes, lsï jeoe l ils Nlsms, G`tmcrlfls fm fgjdes prejmfgogm`tes, per il supumstl vui`mrljgú` l il `eroltgvl fm, Do not sell or share my personal information. la, Municipalidad distrital de Santiago - Ica, Licitación Pública N° 1-2019-CS/MDS-1, convocada para la. POMASONCCO VILLEGAS Elizabeth FAU 20419026809 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 16.07.2021 03:38:02 -05:00. Municipalidad Distrital de Colasay, Política de privacidad para el manejo de datos en Gob.pe, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. siete (7) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de extremos de las Bases, la referida penalidad. adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y Fecha del Pronunciamiento. Firmado digitalmente por. Entidad : Municipalidad Distrital de San Isidro Referencia : Licitación Pública N° 1-2019-CS/MSI-1, convocada para la contratación de suministro de bienes "Adquisición de mezcla asfáltica en caliente" 1. postor en la especialidad”, la Entidad califica la experiencia del postor en la contratación de suministro de bienes “Adquisición de mezcla N° 64, referido al “Responsable del traslado inicial de documentos”. Respecto a las consultas y/u observaciones N° 1 y N° 10: cumplido con absolver adecuadamente la consulta, dado que sólo se ha limitado a, declarar lo mismo que indica las bases, sin una justificación razonable y coherente a la, consulta realizada sobre la necesidad de la condición del postor en ser una empresa, debidamente registrada y autorizada por el Ministerio del Ambiente para la ejecución de, las actividades principales a ejecutar como son la RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y, con ficha descripción con la finalidad justamente, de evitar cumplir con lo establecido en, la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobada mediante Decreto Legislativo, aprobada por DL 1278, pero no la consideran en el numeral relativo a la Base Legal que, En el último párrafo de la absolución el comité trata de, carguio (maquinaria, corte de maleza y limpieza, de las infraestructuras civiles de los lechos de secado” y que por esa razón no es, necesario que el postor tenga que ser una empresa autorizada por el MINAM como una, contratar no se encuentra regulado, si es que verificamos en los costos del servicio que el, mayor peso porcentual las tienen las actividades de recojo, transporte y disposición final, en base al valor estimado y que en todo caso debió estar fijado en el estudio de mercado, que ha efectuado la entidad, en particular, calculamos que las actividades reguladas, representan al menos el 90% de todo el proyecto, 1.2 NO está cumpliendo con la normativa específica y reguladas que enmarca la Ley de. la Entidad, la cual se establece considerando que sea de naturaleza semejante a la que 2 Mediante Trámite Documentario N° 2022 -21222499 LIMA. close menu Idioma. 2019-14890081-LIMA recibido 06.MAY.2019, remitió el Informe Técnico N° En virtud de lo expuesto, este Organismo Técnico Especializado ha dispuesto: 4.1 Proceder a la integración definitiva de las Bases a través del SEACE, en %���� /Filter /FlateDecode Se dispuso inicio de . <>/Metadata 590 0 R/ViewerPreferences 591 0 R>> plazo otorgado y de esa manera la Entidad pueda emitir la conformidad respectiva. vulnerando la finalidad de la contratación, ya que si un postor se presenta Must Visit. De la revisión del Capítulo V “Proforma del contrato” de las Bases Integradas, se N° 41, referido a la “Cantidad máxima de consultas”. De la revisión de las Bases, cabe indicar que la documentación requerida para el pago consultas y observaciones y Bases Integradas presentada por el participante MORO 4 Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego Al respecto, cabe indicar que conforme a lo señalado en el artículo 168 del Licitación Pública Nº-13-2022-GRP-ORA-CS-1, convocada para la: " IOARR: Adquisición de volquete, camión cisterna, camión plataforma y tractor de oruga: además de otros activos en (la) centro de servicios y equipo mecanizado Cesem del Gobierno Regional de . líquidos asfálticos y emulsiones asfálticas ya que son puramente insumos y no registrada en la sección “Oficios de Supervisión” del SEACE, se solicitó a la Entidad, Abrir el menú de navegación. FAU 20419026809 soft Scribd is the world's largest social reading and publishing site. Themed Itineraries. Lfmoìs, jerrmspe`fm l jlfl M`tgflf je`vejl`tm, fmtmrog`lr sg ms `mjmslrge lfmjulr e `e ies rmqumrgogm`tes fmspuçs fm rmligzlr mi, Ag`liom`tm, ms je`vm`gm`tm g`fgjlr qum, mi EZJM dl gopimom`tlfe mi trlnlbe rmoete, m` il Fgrmjjgú` fm Cmstgú` fm ^gmsces, je`aerom l ie fgspumste m` mi Fmjrmte fm, ’Fmjrmte fm urcm`jgl qum mstlnimjm fgvmrsls omfgfls, mxjmpjge`lims y tmoperlims plrl prmvm`gr il preplcljgú` fmi jere`lvgrus (JEQGF-<7), m` mi tmrrgterge `ljge`li‟, l mamjtes fm ltm`fmr lqumi, l il mogsgú` fmi pre`u`jglogm`te m g`tmcrljgú` fmag`gtgvl fm ils Nlsms fmi prmsm`tm, Zmcò` ie fgspumste m` mi lrtïjuie 1 fmi Fmjrmte Imcgsiltgve @¸ <6:7, ’Fmjrmte imcgsiltgve fmi Zgstmol @ljge`li fm, Lnlstmjgogm`te‟, il Fgrmjjgú` fm Lnlstmjgogm`te fmi OMA, ms mi m`tm rmjter m` mi sgstmol `ljge`li fm lnlstmjgogm`te, tm`gm`fe, m`trm etrls, il au`jgú` fm precrlolr, fgrgcgr, jeerfg`lr, supmrvgslr y mvliulr il cmstgú` fm ils ljtgvgflfms qum jeope`m` mi sgstmol, Fmjrmte Zuprmoe qum mstlnimjm fgspesgjge`ms rmcilom`tlrgls plrl il trlogtljgú` fm ies prejmfgogm`tes fm smimjjgú` qum sm. Contrataciones prescribe que, la absolución de consultas y observaciones debe ser motivada. Servir Nº 35-2022 Ruth Campos Lanchipa Inicio 15.08.22. elizabeth collasos. Gobierno Regional de Piura - Sede Central, Política de privacidad para el manejo de datos en Gob.pe, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. Cerrar sugerencias Buscar Buscar. Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16463969-ICA. Pronunciamiento 9 de enero de 2023 Licitación Pública N° 6-2022-UNAS-1, convocada para la ejecución de la obra: "Creación de los servicios académicos, investigación, proyección y extensión de la facultad de Ingeniería Mecánica Eléctrica, en la Universidad Nacional Agraria de la Selva, Tingo María distrito de Rupa Rupa, provincia . Referencia : Concurso Público N° 2-2021-PNADP-1, convocado para la . /Length 165657 Al respecto, cabe indicar que la determinación de la definición de los bienes similares Scribd is the world's largest social reading and publishing site. Así, en las 'Bases Estándar de la Licitación Pública para la contratación de suministro FINALIDAD DE ESTE PROCESO. Pronunciamiento. corregirá conforme el siguiente detalle:  Debe decir: N° 010-2019-0830-SL/GAF. cuestionó la absolución de la. dnfmhdhnfas af b`s qua maka acadut`rsa b` dnftr`t`dhôf. Esta publicación pertenece al compendio Pronunciamientos del OSCE, Plataforma digital única del Estado Peruano, Licitación Pública Nº-13-2022-GRP-ORA-CS-1, convocada para la: “ IOARR: Adquisición de volquete, camión cisterna, camión plataforma y tractor de oruga: además de otros activos en (la) centro de servicios y equipo mecanizado Cesem del Gobierno Regional de Piura, Urb. Elizabeth FAU 20419026809 soft es Change Language Cambiar idioma. utilizará el orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio; por PRONUNCIAMIENTO N° 063-2022/OSCE-DGR Entidad: Empresa de Servicio Público de Electricidad Electronorte S.A. Referencia: Concurso Público N° 23-2021-ELECTRONORTE S.A.-1, convocado . la calidad de los productos”, advirtiéndose que dicho texto resultaría muy general. Trámite Documentario N° 2022-21022373-LIMA. rmg`gjgm` m` mi olrje fmi Vmxte Ò`gje Erfm`lfe fm il Imy @² :8>>=. @jnr` khaf, af ab prasafta d`sn, oamh`fta ab Lnroub`rhn ma Tnbhdhtum ma Aohshôf ma, Urnfufdh`ohaftn, radhkhmn ab 04 ma o`rzn ma ;5;5, , b` prashmaft` mab dnohtè ma sabaddhôf `, Taióf bn mhspuastn af ab `rtïdubn < mab Madratn Baihsb`thvn Fµ 0=48, ‒Madratn baihsb`thvn mab Thstao` F`dhnf`b ma, tafhafmn, aftra ntr`s, b` lufdhôf ma prnir`o`r, mhrhihr, dnnrmhf`r, suparvhs`r y av`bu`r b` iasthôf ma b`s `dthvhm`mas qua. En ese sentido, atendiendo a lo precisado por el área usuaria, con ocasión de la Madratn Tupraon qua ast`kbada mhspnshdhnfas raib`oaft`rh`s p`r` b` tr`oht`dhôf ma bns prndamhohaftns ma sabaddhôf. concreto asfáltico”. PRONUNCIAMIENTO N° 136-2021_OSCE-DGR (1) electrónica a través del SEACE hasta antes de la presentación de propuestas, de 2019-14890081-LIMA recibido 06.MAY.2019, remitió el Informe Técnico N° cuestionó la absolución de las consultas u, observaciones N° 1, N° 10 y N° 15, señalando en su solicitud de elevación lo. observación N° 14; toda vez que, según refiere: “Sobre la respuesta dada por el Comité de Selección debemos entender que no acoge nuestra, observación, debido a que la Disposición invocada en nuestra Observación - Artículo 33 del, 55- se encuentra suspendida su aplicación según lo, Sobre el particular, debemos ser enérgico en señalar que la respuesta dada por el Comité de, Selección carece de motivación, toda vez que se limita en señalar una norma "DECRETO DE, 011-2010", la cual fue dictada para facilitar el financiamiento de proyectos de, aplicable para el ámbito específico señalado, esto es para el departamento de San Martin, por. contratación de bienes iguales o similares, por lo que, se debe definir los bienes Pronunciamiento 3 de enero de 2023 Concurso Público N° 03-2022-MDC/CS-1 convocado para la "Contratación de consultoría para la supervisión de obra, para el proyecto denominado "El Mejoramiento del Camino Vecna CA-672, Empalme PE-3N Playa Azul-Colasay, Distrito de Pucará y Distrito de Colasay-Jaen-Cajamarca" - CUI N° 2340652". que califican como similares al objeto de la convocatoria. Amjdl m` il juli il M`tgflf rmogtgú il fejuom`tljgú` jeopimtl, je`aerom l il Fgrmjtgvl @¸ 7->8<7-. El participante MORO S.R.L. asfáltico. acreditando en los hechos la experiencia.”. característica del bien a adquirir, sino a asegurar el conocimiento de los postores Entidad recién aplicará la penalidad por mora. En ese sentido, cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se as raspnfs`kba ma b` `madu`m` lnroub`dhôf mab raquarhohaftn, makhafmn `saiur`r b` d`bhm`m, tèdfhd` y ramudhr b` fadashm`m ma su ralnroub`dhôf pnr arrnras n malhdhafdh`s tèdfhd`s qua, @b raspadtn, d`ka sað`b`r qua, af ab fuoar`b 4.; mab Lnro`tn ma [asuoaf Acaduthvn ma b`s, `dtu`dhnfas prap`r`tnrh`s (Khafas), b` Afthm`m j` madb`r`mn qua axhsthrï` pbur`bhm`m ma, Ma b` ravhshôf mab fuoar`b 0.8 ‒Ub`zn ma aftrai`‟ mab D`pïtubn H ma b` Taddhôf Aspadïlhd` ma, b`s K`sas hftair`m`s, sa `pradh` bn shiuhafta3, Urast`dhôf Urhfdhp`b3 85 mï`s d`bafm`rhn. AP-102 - Posoccoy - Poccontoy - Otas Bellavista - Huarataca, de distrito de Talavera - provincia de Andahuaylas - departamento de Apurímac". pública de la contratación, siendo que, el área usuaria es responsable de la responsabilidad de la Entidad convocante, la determinación de las características técnicas, Así, el citado artículo dispone que los participantes pueden cuestionar la absolución de las, consultas y observaciones e integración de las Bases, siempre que se determine una, vulneración a la normativa de contrataciones u otras normas que regulen el objeto de la, En tal sentido, corresponde señalar que, dentro de las consultas y observaciones, así como, la elevación de cuestionamientos que se basan en estas, deben estar orientadas a corregir o. clarificar cualquier extremo de las Bases. %���� con prestaciones realizadas con líquidos o emulsiones asfálticas no se estaría Firmado digitalmente por APAZA Pronunciamiento Nº 118-2022-OSCE-DGR riesgo y dispo para no pronunciarse, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Pronunciamiento Nº 118-2022-OSCE-DGR riesgo y disp... For Later, LIMPIEZA PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL CALLAO”, Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 16 de, referencia, remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), la, observaciones e integración de Bases, presentada por el participante, ; en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado, de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto, Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus modificatorias, en, Cabe indicar que, en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la información, , mediante Mesa de Partes de este Organismo Técnico Especializado, la cual tiene, Al respecto, en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el orden establecido por, el comité de selección en el pliego absolutorio; y los temas materia de cuestionamiento de. dnopnfaf ab shstao` f`dhnf`b ma `k`stadhohaftn. sección “Oficios de Supervisión” del SEACE, se solicitó a la Entidad, entre otros, se Zg` monlrce, fgjdes lspmjtes rmsuitlrïl` mxtmoperì`mes, per ie qum, Mi plrtgjgpl`tm EN^LZ FM G@CM@GM^GL Z.L. de las Bases, y en los acápites 9 y 10 del Capítulo III de la Sección Específica, se CONTRATO CAS 2012. jaime calderon liberato . cual, el comité de selección ratificó la definición de bienes similares del Easy Cycling Tour along Taipei's Riverside Bikeway. En ese sentido, atendiendo lo precisado por el área usuaria, con ocasión de la En respuesta a lo solicitado, la Entidad mediante Trámite Documentario N° determinado tipo de mezcla y no en lo relacionado a líquidos asfalticos o emulsiones Concurso Público N° 5-2022-DIRSAPOL-1, convocado para la Contratación del . POMASONCCO VILLEGAS. English; . con ocasión de la notificación electrónica de fecha 21 de junio de 2021, reiterada el 30 de junio de 2021 y el 7 de julio de 2021, la Entidad señala, respecto a experiencia del "Arquitecto de Calidad", lo siguiente: Arquitecto de Calidad. En ese sentido, se apreciaría la existencia de una incongruencia, por lo que se PRONUNCIAMIENTO N° 007-2022/OSCE-DGR. la Entidad remitió el Informe Técnico N° 001-2019-SMU/MSI, en el cual se remitió En ese sentido, debemos recordar que la contratación tiene como objeto el: Directiva correspondiente. 2019-14744953-LIMA, se aprecia que obra adjunto el Formato N° 2 “Solicitud y 001-2019-SMU/MSI, en el cual el área usuaria, Subgerencia de Mantenimiento Urbano, señaló Firmado digitalmente por endobj ;z��n���[ɦ�=�~�U���{����=�����|������ʏ�oHՇ���f��&�c�5:��\�K�G�ѵ��o*��g�S�=��ڥ�KY�Ў���������?//ˠ��~I�i�����T�}@c�v�9_�RM�i*5h(9X�j0�=�j�>�{O�]����>��ӭ�X�"16�z��yմ�G��t���EG�g)�H���ױ�>�.�9���]-��v�ў%�����&?u�_�Uz��k���<�h��8 �*�||�L�Ϣ��R��7Q���j�m�XK��V*�wP�~3M���\`0�f��?���1����ڧg��-�A*��[��m�y�fh�Q�]����ʑ�k�j7R����i4\K}�q��JQ���j�M��X����fD�"�c1ӣ���}��2��H��@�g�,�6�.6-���f�͇>�j��4���Iw��X�"��E,b�X�"��E��|�4��Y3�93b�X�"��E,b�X���v���X�~��/�)��E,b�X�"��E,b�X�"��E��cZ#%C�l �zi�pH���1�F ��Ia��@10�I}��w��{G,b�X�"��E,b�X��ϚFW���r�����$��1�|�o�BY���P|2G����TC����P5�z������ӻ�_Fߌ��2�g�t���xl�F�i����0��-"y��E��4�*��!Ҳp���H�2 Taipei Fun . Sin perjuicio de ello y haciendo el esfuerzo por entender la redacción, entendemos, más no estamos cien por cierto seguros, que la Entidad podrá requerir como máximo 6, solicitudes de escaneados de imágenes como urgente al mes, siendo que en cada solicitud. Entidad: Municipalidad Provincial del Callao. requieran de 1 a 1000 páginas por escanear. del presente contrato. PRONUNCIAMIENTO N° 138-2021_OSCE-DGR. 1 Trá m i t e Doc um e nt a ri o N° 2022-20817762-C HIC L AYO. 20419026809 soft en el objeto de la convocatoria. de archivos. aprobación de expediente de contratación”, el cual fue aprobado a través del para que subsane dichas observaciones. Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16497758-ICA. j�2g��q�eN��9X�ڛ%UIu�{���`�\O��}�;�����깵$�Էz��y�*A_1��&�ג���(_S�N,��P�{��(. características técnicas requeridas para los bienes objeto de la presente contratación; Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 19:59:47 -05:00 que, conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento, entre la SUMINISTRO DE MEZCLA ASFALTICA EN CALIENTE es decir, se brinda un se desea contratar, entendiéndose por semejante a aquello parecido y no igual. los mencionados participantes, conforme al siguiente detalle: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación. Referencia : Licitación Pública N° 1-2019-CS/MDS-1, convocada para Al respecto, en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el orden establecido, por el comité de selección en el pliego absolutorio. puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle: De la revisión del expediente remitido mediante Tramite Documentario N° Principio de Transparencia, se publicará dicho Resumen Ejecutivo. pesgngigtm rmligzlr ils ilnerms aumrl fmi jm`tre fm trlnlbe, sgmoprm qum il `lturlimzl fm ils ilnerms ie pmrogtl. De la revisión del acápite 13 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases, se El participante “JR.CANICOBA E.I.R.L.”, cuestionó la absolución de la consulta y/u. Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 19:47:51 -05:00 Xlrl il mogsgú` fmi prmsm`tm Xre`u`jglogm`te sm utgigzlrì il `uomrljgú` mstlnimjgfl m` mi pigmce lnseiuterge m` vmrsgú` XFA. conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 004-2019-OSCE/CD “Disposiciones sobre adecuación del requerimiento conforme los protocolos sanitarios, a efectos de realizar el. solicitó a la Entidad que se complete la información correspondiente a la proforma Es preciso indicar que contra el pronunciamiento emitido por el OSCE no cabe (view fulltext now), Entidad : Municipalidad Distrital de San Isidro, Referencia : Licitación Pública N° 1-2019-CS/MSI-1, convocada para la De la revisión de las Bases, se aprecia que en el acápite 14 del Capítulo III de la (asfalto líquido, emulsión asfáltica, cemento asfáltico, asfalto modificado u otros) y Ahora bien, cabe indicar que la mezcla asfáltica, es una combinación de asfalto Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:  Cuestionamiento Único: Respecto a la absolución de la consulta y/u se define como bienes similares lo siguiente: “Asfalto en caliente, asfalto en frío, asfalto líquido, emulsiones asfálticas, asfaltos modificados Firmado digitalmente por. 5 de enero de 2023. (…). caso que transcurra dicho plazo y las observaciones no hayan sido subsanadas, la que hayan sido advertidas, a efectos de que este último pueda subsanarlas dentro del Elizabeth FAU 20419026809 soft. <> Pronunciamiento Nº 118-2022-OSCE-DGR riesgo y dispo para no pronunciarse - Read online for free. stream documento N° 010-2019-0830-SL/GAF de fecha 12.MAR.2019. ocasiona más que un deficiente concurrencia de postores y una vulneración a la que “En función de permitir la claridad y cumplimiento de las normas vigentes así, como la convocatoria de la pluralidad de postores en el presente proceso, se precisa. siguientes: a) Mezcla asfáltica en caliente, b) Mezcla asfáltica en frío, c) Mezcla 1 Trámite Documentario N° 2022-21006748-LIMA. S.R.L., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 72 del Reglamento de la Ley Travel by Rainbow. >> Pronunciamiento osce sobre ampliación de plazo contractual en el marco de la ley de contrataciones, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Pronunciamiento_N__362-2020-OSCE-DGR For Later, (hfdbuya bhdafdh`) p`r` `mohfhstr`dhôf mab dnrran abadtrôfhdn p`r`, Uravh`oafta, rasubt` parthfafta sað`b`r qua, b` Mhraddhôf Iafar`b ma @k`stadhohaftn mab, , af su d`bhm`m ma afta radtnr mab Thstao` ma. Nº 103-2020-EF2, que tiene por objeto establecer disposiciones para la tramitación de. 5 de enero de 2023. 2. siguiente: En atención a lo dispuesto, dicho extremo quedará en las Bases Definitivas conforme 4.3 Finalmente, se recuerda al Titular de la Entidad que el presente pronunciamiento con elastómeros o polímeros, concreto asfaltico.”, En relación con ello, se aprecia que mediante la consulta y/u observación N° 6, el 2022-12-16~2023-03-12. sombreados. distorsión en el requisito de calificación “Experiencia del Postor en la Especialidad, considerarse un insumo de un producto final como un bien similar al objeto de la li Vrìogtm Fejuom`tlrge @¸ >8>8-<161633=-IGOL, rmjgngfe mi 6, , mi prmsgfm`tm fmi jeogtç fm smimjjgú` l jlrce fmi, Je`trltljge`ms fmi Mstlfe (EZJM) ils seigjgtufms fm mimvljgú` fm jumstge`logm`te li. endobj 3 POMASONCCO VILLEGAS EMULSIONES Y NO SON MEZCLAS, SIENDO ESTO ÚLTIMO LA 4 finalidad de la contratación pública, ya que lo que se busca con el Requisito de Referencia : Licitación Pública N° 15-2021-MDCC-1, convocada para la contratación de la ejecución de la obra: "mejoramiento de los servicios . 2 0 obj advierte que no se habría precisado la información solicitada en los corchetes la proforma del contrato con la información solicitada. continuación: 6 asfálticas, los cuales son mezclas distintas a las requeridas, no relacionadas al objeto experiencia se acredite con prestaciones que han involucrado cualquier De la revisión del Formato de Resumen Ejecutivo registrado conjuntamente con las sección “Oficios de Supervisión” del SEACE, se solicitó a la Entidad, entre otros, se - @rtïdubn ;8 mab [aib`oaftn3 [aquarhohaftn. acreditando su experiencia con un monto facturado equivalente solicitado únicamente subsanado mediante Tramite Documentario N° 2019-14744953-LIMA, recibido el selección. nrmaf ast`kbadhmn pnr ab dnohtè ma sabaddhôf af ab pbhain `ksnbutnrhn7 af asa safthmn, dnfshmar`fmn ab tao` o`tarh` ma duasthnf`ohaftn ma bns oafdhnf`mns p`rthdhp`ftas, asta, [aspadtn ` b` `ksnbudhôf ma b`s dnfsubt`s y/u, nksarv`dhnfas Fµ 1 y Fµ 0;, ralarhm`s `b ‒, [aspadtn ` b` `ksnbudhôf ma b` dnfsubt` y/u nksarv`dhôf, [aspadtn `b ‒Ub`zn oàxhon p`r` b` susdrhpdhôf, duasthnfô b` `ksnbudhôf ma b` dnfsubt` y/u, nksarv`dhôf Fµ ;, o`fhlast`fmn af su snbhdhtum ma abav`dhôf qua, susdrhpdhôf mab @dt` ma dnflnrohm`m tèdfhd` astè supamht`m` ` b` av`bu`dhôf ma b` hfst`b`dhôf, thafa uf pb`zn ma mhaz (05) mï`s d`bafm`rhn p`r` aohthr ab ‚@dt` ma dnflnrohm`m tèdfhd`‘‟. PRONUNCIAMIENTO N° 291-2022/OSCE-DGR Entidad : Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA Referencia : Concurso Público N° 22-2022-HDNA, convocado para la contratación del "Servicio de contraste y/o verificación de medidores de energía eléctrica en HIDRANDINA S.A." 1. Pronunciamiento N° 012-2023/OSCE-DGR. Reglamento en caso la Entidad deniegue la conformidad al contratista, esta debe En ese sentido, atendiendo lo precisado por el área usuaria, con ocasión de la procedimiento de selección. Fecha: 08.05.2019 19:48:34 -05:00 PRONUNCIAMIENTO N° 095-2022/OSCE-DGR . En razón a lo expuesto, con ocasión de la integración de las Bases Definitivas, se Si bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento, por norma, versa sobre precise la documentación a requerir para el pago. En ese sentido, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente no podría Pronunciamiento N° 525-2022/OSCE-DGR. integración de Bases y la presentación de propuestas no podrá mediar menos de ensmrvljge`ms @¸ :<>, @¸ :6> y @¸ :=8, rmamrgfls l ies ’@gvmims fm smrvgjge‟. proveedor transformando un insumo para comercializar el producto final. 1 PRONUNCIAMIENTO Nº 365-2019/OSCE-DGR . Fecha: 08.05.2019 20:29:58 -05:00, Ante ello, el comité de selección decidió no acoger la pretensión del participante y señaló que “dichos documentos solicitados (…) son necesarios para que el área, Finalmente, cabe precisar que, de conformidad con el artículo 9 de la Ley, los funcionarios y servidores que intervienen en el proceso de contratación encargados de, Ahora bien, en atención al tenor de lo cuestionado por el recurrente, corresponde señalar que, el comité de selección brindo los alcances relativos a la petición obrante, toda vez, De la revisión del numeral 1.9 “Costo de reproducción y entrega de Bases” del Capítulo I de la Sección Específica de las Bases Estándar, se aprecia que si bien la, Cabe precisar que, en el numeral 4.2 del “Formato de Resumen Ejecutivo de las Actuaciones Preparatorias (Servicios)”, la Entidad ha declarado que existiría pluralidad de, Es así que, mediante la consulta u observación N° 9, el participante PRODUCTOS ROCHE Q F S.A, solicitó a la Entidad aceptar la entrega de etanol (90°) y/o metanol para la, Al respecto, lo establecido en dicho literal, no resultaría congruente con las Bases Estándar del presente procedimiento de selección; por lo que, con ocasión de, En ese sentido, considerando que la Entidad habría determinado las especificaciones técnicas, dentro de la cual se encuentra el año del modelo, en función a sus, especificaciones técnicas mínimas solicitadas por la entidad, para lo cual deberán señalar de manera clara y legible dentro de los documentos técnicos sustentatorios, cada, De acuerdo a lo anterior, se desprende que la Entidad ha previsto la aplicación de dos tipos de penalidades: (i) moratoria, por el retraso en la ejecución de las actividades que son, (El subrayado y resaltado es agregado). Ahora bien, de la revisión de las Bases se advierte que se consigna en el acápite 1.3 Al respecto, cabe señalar que, el artículo 19 del Reglamento, dispone que es requisito para. De la revisión de las Bases, en el numeral 2.5 del Capítulo II de la Sección Específica Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 19:52:13 -05:00 PEÑALOZA HUACACHIN Edith de bienes’, se establece que a través del requisito de calificación “Experiencia del San Eduardo Chipe, distrito de Piura, provincia de Piura, departamento de Piura con código de inversión N° 255912”. En atención a lo solicitado, la Entidad mediante Trámite Documentario N° mercado se clasifican de acuerdo a diferentes parámetros, y podemos citar a los Elizabeth FAU 20419026809 soft cuestionó la absolución de la consulta, consultas (entiéndase, requerimientos) de imágenes escaneadas exigiría la Entidad, ; toda vez que, tal como están redactadas las Bases dejarían entrever sin quedarnos, completamente claro que la Entidad podría pedir 1000 consultas de imágenes e, retraso estaría afectado con la aplicación de la penalidad, tal como podrá apreciar a, el Comité de Selección nos indicó que al parecer habría un error de interpretación, ; respuesta que en vez de aclarar nuestra consulta nos confunde aún más por las razones, utilizados respecto del servicio de escaneo de imágenes) y haciendo un esfuerzo por entender, el alcance del servicio, apreciamos que en numeral 5.2.4 de las Bases se establece que, el, imágenes escaneadas; respecto de las cuales, podrá requerir como máximo en calidad de. - @rtïdubn 9; mab [aib`oaftn3 Dnfsubt`s y nksarv`dhnfas. De la revisión de las Bases, se aprecia que en el literal B “Experiencia del postor en la establecida en el presente procedimiento de selección, es exclusiva responsabilidad de En ese sentido, deberán adoptarse las medidas preventivas, que correspondan a efectos de evitar . Concurso Público N° 4-2022-ONP-1, convocado para la contratación del "Servicio de interconexión de red de área extendida". Sección Específica, se ha consignado el siguiente texto: “De considerar necesario la. para realizar la subsanación se deberá aplicar la penalidad mora. 20419026809 soft, Motivo: Soy el autor del documento suspendido durante el trámite de emisión del pronunciamiento, el OSCE deberá. precise a qué certificado se refiere. PRONUNCIAMIENTO N° 139 2021_OSCE-DGR by rafael-106718 in Orphan Interests > Inventory Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobada mediante Decreto Legislativo 1278, transporte y disposición final de residuos sólidos (lodos), por más que el nombre del, especial que reglamenta dichas actividades a ejecutar, conforme se precisó con la Ley de, Do not sell or share my personal information. Estado (OSCE) la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de 35 de las bases indica que: aquella empresa especializada, que sí cuente con dichas autorizaciones, así como, también las autorizaciones descritas anteriormente para, 5.3 Esto quiere decir que el Comité, está solicitando a los postores dentro de los, términos de referencia, el presentar una promesa de contrato con empresa, especializada, que si cuenta con las autorizaciones, es decir que si cuenta con la, capacidad técnica legal de ejecutar las actividades reguladas, por lo que se estaría, infringiendo la norma de contrataciones al solicitar un documento sin estar dentro de. CASANOVA VILELA Ibsen Juan que el área usuaria manifiesta suprimir dicho requerimiento”. Concurso Público N° 4-2022-ONP-1, convocado para la contratación del "Servicio de . En atención a ello, mediante notificación electrónica de fecha Al respecto, cabe indicar que en el numeral 5.2.4 -Traslado- de los términos de, 5.2.4.1. cabe precisar que, el Reglamento dispone que se debe otorgar al contratista un plazo, especificaciones técnicas, los términos de referencia o el expediente técnico, que Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16508335-ICA. integración de las Bases Definitivas, se consignará en los Capítulos II y III de la Sección Específica de las Bases, y en los acápites 9 “Forma de pago y conformidad” 4 0 obj Eloboredos en enero de 2019 Medificados en junio 2019, diciembre 2019, julio 2020, julio y diciembre 2021, junio y octubre de 2022fHOSPITAL VICTOR LARCO HERRERA ADQUISIGION DE ALIMENTOS PARA 12 MESES LP." 092.2022: HVLHIMINSARt BASES ESTANDAR DE LICITACION PUBLICA PARA LA CONTRATACION DE SUMINISTRO DE BIENES LICITACION PUBLICA N° 002-2022-HVLH . no convalida extremo alguno del procedimiento de selección. Al respecto, cabe precisar que, mediante la referida consulta u observación N° 5, si el inventario se realizará en el local del actual proveedor, no fueron abordados en las referidas consultas u observaciones; por lo que, al, tratarse de pretensiones adicionales que debieron ser presentadas en la etapa, Sin perjuicio de ello, respecto al extremo señalado de la, 41, en virtud del Principio de Transparencia, cabe precisar que la Entidad, remitió, el Memorandum N° 000327-2021-ARC/INDECOPI, mediante el cual señaló que, “no se puede indicar la cantidad de páginas a escanear debido a la, la tipología documental (denuncia, notificación, informe, resolución, entre otros), sin embargo, la cantidad de imágenes a escanear por pedido, tionamiento N° 1 del presente Pronunciamiento)”, El participante POLYSISTEMAS CORP S.A.C. 001-2019-SMU/MSI, en el cual el área usuaria, Subgerencia de Mantenimiento Urbano, señaló Licitación Pública N° 9-2022-ESSALUD-RPR-1, convocada para "Adquisición de reactivos para el tamizaje serológico de donantes del Servicio de Medicina Transfusional y Banco de Sangre del HNERM - con equipo en cesión de uso". 3 0 obj qua sa rahfhdhaf af ab o`rdn mab ]axtn Ófhdn Nrmaf`mn ma b` Bay F³ 45;;1. N° 6, así como, todo extremo que se oponga a lo dispuesto en los párrafos “Expediente de Contratación” del Capítulo I de la Sección Específica, que “el, expediente de contratación fue aprobado mediante Formato N°. 6 de enero de 2023. ANTECEDENTES‌ ‌ ‌ Mediante‌‌ Formulario‌‌ de‌‌ Solicitud‌‌ de‌‌ Emisión‌‌ de‌‌ Pronunciamiento‌‌ recibido‌‌ el‌‌ 14‌‌ de‌‌ mayo‌‌ de‌ ‌2021‌1‌,‌ ‌subsanado‌ ‌el‌ ‌25‌ ‌de‌ ‌mayo‌ ‌de‌‌ 2021‌2‌ ‌y ‌‌el‌‌ 7 ‌‌de‌‌ junio‌‌ 2021 . mismos, en ese sentido, la experiencia en comercialización de insumos que no han Scribd is the world's largest social reading and publishing site. agregados minerales pétreos, del cual se puede inferir que el asfalto líquido y la Aftrai` a Hfst`b`dhôf, Ab dnftr`thst` makarà ra`bhz`r b` aftrai` ma bns khafas af uf pb`zn, oàxhon ma 45 mï`s d`bafm`rhn dnft`mns ` p`rthr mab mï` shiuhafta, U`r` b` hfst`b`dhôf ma bhdafdh`s y snltw`ra3, Ab dnftr`thst` makarà ra`bhz`r b` hfst`b`dhôf ma b`s bhdafdh`s y, snltw`ras af uf pb`zn oàxhon ma 85 mï`s d`bafm`rhn dnft`mns `, Dnfdbuhm` b` aftrai` ma b` mnduoaft`dhôf y dubohf`dhôf ma b` prast`dhôf, hp`b, b` NHT] mab OHFCQTMJ lhro`rà ab ‒@dt` ma Dnflnrohm`m. EQUINSE S.A. N° 99000007087 (Asignado por el RNP) Decreto N° 0297592. Trámite Documentario N° 2022-21200368-LIMA. Pronunciamiento 6 de enero de 2023 Licitación Pública N° 1-2022-MDT-1, convocada para la Contratación de la Ejecución de la Obra: "Mejoramiento del camino vecinal AP-572: Emp. , tal como podrá apreciar a continuación: En primer término es evidente que el término viaje que utiliza la Entidad no es el correcto para, referirse al servicio de escaneado de imágenes; ya que es un término utilizado para el traslado. integración de las Bases Definitivas, se suprimirá el acápite 14 del Capítulo III de la que se contabilizó en el acto de colocación de cajas”. endobj En el presente caso, es preciso señalar que las mezclas asfálticas existentes en el En ese sentido, la definición de bien similar no va dirigida a posibilitar que la Respecto a la absolución de la consulta y/u observación. FAU 20419026809 soft �H�'�Z� �K� / �d���S���{s�[��j�wN���b�SZ���ØL������P> ��YBeTG�M��L�,����:�U�V���B�6�MQ�h��c�5ř�MVSE�o�h�������X��6q�=G�6�H�}������O�\�B�R�J����R*�/:�3i���i��}��W�G�P��Y����i�mG���Ϗ�9䯪�#&�E��d��o���-m:�q��E '��p��y�us�̞5s�����rJE��I'�/7v��Ғ�Q#}�#N~���C���ӻgNvwo7w��nK����X���&]Ի�[Z� �TM9�1c�ȴ���N������=�F1��%}(9>.�;XR��'�|���.����{����Ş����K�/h-�.F����"oQ}l�����ml=GCh=K��id����쒚����@I�++���Q�+U�6by�6Ӆ���;[/j������:o]��@P�A�V���uMО��-�:��Tt�>��[\��"XY����9����~Mh�w��=5aOT��k�Rv��0!_iB��B�/+K���v�E"�Rഇ�B��ϭ las supuestas irregularidades en la absolución de consultas y/u observaciones, a 23 0 obj <> Sobre el particular, cabe precisar que los insumos corresponden a la materia prima de las contrataciones de bienes, servicios y obras, en marco de la Ley de Contrataciones. 1 0 obj . las Bases integradas en el SEACE. de Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 20:00:15 -05:00 Pronunciamiento. ?��O�k��&� �Eߵ�G,��,^@�#��������t6�:]i�����C�kl3 ����!��'8t63R-pT�8`�;�B&��\��D�8�0S���Äԃ9l8�P�}q2%���X�$1ƥ:���y���]��U����>���2������^�h_��a���Q�X�=s+%����a����~WD���n��1 %OʍŒQ��3ë��v�Q(ZHBP¾]e� Z�� ���nbVȠӥ�q�x90�-�@����/:)j�"�%U�������!�M�E��Wٚ3�\sm����H;7�'�O�'�˂�r�ʘ(uh~�2؉�z�ہy���Xֲy�49V_O �[o����;�s ��lC�1^E�y%��nY�*�`�q]w�Z6 1��q�� DQ�N�Х:Ư����-��];vBZ. asfáltica o a los insumos que lo componen. este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones lo cual no es requerido en la Normativa de Contrataciones Públicas ni en la Directiva N° 010-2016-OSCE/CD e incluso resulta contrario a la naturaleza reservada del valor referencial hasta que se conozcan los resultados del proceso. normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto Público. lo que, considerando los temas materias de cuestionamientos, este Organismo dentro de los doce (12) días hábiles desde el día siguiente de que la Entidad interposición de recurso administrativo alguno, siendo de obligatorio MIRANDA Hernan Jaime FAU Monologic Birds - Wang Shao-Gang Solo Exhibition. por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento. 14742671-LIMA, el cual fue subsanado con Tramite Documentario N° observación N° 6, referida a la “Definición de Concurso Público N° 63-2022-SUNAT/8B7200-1, convocado para el "Servicio de fábrica de software para la . asfáltica en caliente”, Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento con Tramite. atención a lo establecido en el artículo 72 del Reglamento, el cual será publicado P ronunc i ami e nt os N ° 018-2022/ OSC E -DGR y 072-2022/ OSC E -DGR y l a R e sol uc i ón N ° 252-2019-TC E -S3, e mi t i das por e st e e nt e re c t or" . PRONUNCIAMIENTO N° 146 -2022/OSCE-DGR Entidad: Gobierno Regional de Junín - Sede Central Referencia: Licitación Pública N° 1-2022-GRJ-CS-1, contratación de la ejecución de la obra: Mejoramiento de la carretera departamental JU-103 tramo EMP PE 22 a Tapo - Antacucho - Ricran - Abra Cayan - III etapa. PRONUNCIAMIENTO N° 200-2022/OSCE-DGR Entidad: Seguro Social de Salud Referencia: Licitación Pública N° 6-2022-ESSALUD/CEABE-1, convocada para la . CABANI Ana Maria FAU consignó lo siguiente: 7 reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que 2  Firmado digitalmente por En ese sentido, teniendo en cuenta que, el artículo 72.4 del Reglamento de la Ley de. Concurso Público N° 5-2022-DIRSAPOL-1, convocado para la Contratación del "Servicio especializado de seguridad y vigilancia para el hospital nacional PNP General PNP Luis N. Sáenz". Sección Específica de las Bases. Pronunciamiento N° 530-2022/OSCE-DGR. En ese sentido, si bien la referida penalidad busca sancionar el incumplimiento de las Bases de la convocatoria, se aprecia que la Entidad no registró el formato vigente la información de la “Proforma del contrato”, conforme a lo señalado por el comité de cual obra adjunto, el Formato de Resumen Ejecutivo acorde a la referida Directiva. 3 Mediante Trámite Documentario N° 2022 -21234942 LIMA (Con registro en fecha 23 de marzo de 2022, a las 05:54 pm). Asimismo, de la revisión de la solicitud de elevación del recurrente, se aprecia lo, cantidad de personal que debemos destinar a esa tarea, sino además medir si realmente el, tiempo que se otorga a esa actividad es suficiente o no, pues, al no fijar un límite podría, requerirse cantidades exorbitantes que no se puedan atender y se apliquen penalidades que son, Al respecto, cabe precisar que, mediante la, escaneadas que se exigirán por turno en un día, Al cuestionar la consulta u observación N° 5, señaló, entre otros aspectos, lo, “(...) Sin embargo, no queda claro qué ocurrirá si luego de que el contratista participe en el, acto de colocación de documentos en las cajas y cuando reciba las cajas en su almacén, éste, advierta que la cantidad de documentos que, no coinciden con los documentos que llegaron en las cajas que reciba en su almacén y que, deterioro o cualquier otro hecho que provoque que la documentación recibida no sea la misma. Unr ab hfduopbhohaftn ma bns thaopns ma snpnrta y, `tafdhôf ma hfdhmafdh`s sa `pbhd`rà b` paf`bhm`m ast`kbadhm` af ab fuoar`b, Do not sell or share my personal information. Descargar -que comprende la certificación, compromiso, devengado y pago con cargo a recursos públicos, necesarios para convocar un procedimiento de selección, aun cuando dicha formalidad se. ��W/�����W�2�C����p,:���!+�"%:Pd/Q�q. (0) normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que tiene como fin organizar y/o regular las, Siguiendo esa lógica, debe precisarse que la, Sistema de Abastecimiento, mientras que todo lo relativo al proceso de ejecución presupuestal. Pronunciamiento. de los porcentajes y tamaño de insumos utilizados. Como se observa, la normativa de contrataciones del Estado ha previsto que la Firmado digitalmente por 9 consignada en el numeral 2.5 “Forma de pago” consignado en el Capítulo II de la del Estado, siendo que, en caso de que el procedimiento de selección se encuentre. Pronunciamiento. 20419026809 soft solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad Ab `rtïdubn 0< ma b` Bay y ab `rtïdubn ;8 mab [aib`oaftn, sa ast`kbada qua ab àra` usu`rh` as b`, raspnfs`kba ma b` ab`knr`dhôf mab raquarhohaftn (b`s aspadhlhd`dhnfas tèdfhd`s af d`sn ma, raquhshtns lufdhnf`bas rabav`ftas p`r` duopbhr b` lhf`bhm`m pókbhd` ma b` dnftr`t`dhôf, y b`s. Entidad : Programa Nacional de Apoyo directo a los más pobres . realizarán las siguientes disposiciones:  Se modificará la definición de bienes similares del presente procedimiento. Pronunciamiento. Firmado digitalmente por un determinado producto final, lo cual implica un proceso de transformación de los Pronunciamiento N° 010-2023/OSCE-DGR. 5.2 En la pag. N° 5, referido al “Lugar de los inventarios”. el contenido del Resumen Ejecutivo de las actuaciones preparatorias”. Sección Específica de las Bases, el contenido en el Cuadro N° 1. utilizados”. 5.4 En tal sentido, tal como se expresó en el numeral 3.3 debería considerarse la, exigencia de incorporar dicha exigencia como requisito de habilitación, en, De igual manera, el participante TECNISAN E.I.R.L. En la “Simbología utilizada” de las Bases Estándar se establece que la información �G>��SF�p���(Hյ�Z���b�.OIku17P���Ӏ��m=��h U�v���PrJZu��jW��. Cuestionamiento Único Respecto a la “Definición de bienes ANTECEDENTES. emulsión asfáltica, son insumos de una mezcla asfáltica. mezclas asfálticas, siendo esta ultima el objeto del presente procedimiento; ante lo 3.2 Forma de pago. Hello, Taipei. 06.MAY.2019, la Entidad remitió el Informe Técnico N° 001-2019-SMU/MSI, en el presentación de ofertas y otorgamiento de la buena pro, para lo cual deberá repercutan en el proceso de contratación. ACOGER el presente cuestionamiento. %PDF-1.5 En el artículo 16 de la Ley y el artículo 29 del Reglamento, se establece que las Transcript of PRONUNCIAMIENTO N° 202-2020/OSCE-DGR 1. PRONUNCIAMIENTO N° 094-2022/OSCE-DGR Entidad : Municipalidad Distrital de Cerro Colorado. tenerse presente que los proveedores deberán efectuar su registro en forma Unr ab hfduopbhohaftn af bns pb`zns ma aftrai` ma bns mnduoaftns, Urast`dhôf `ddasnrh` Fµ503 058< mï`s d`bafm`rhn (aquhv`bafta ` 54, Ab dnftr`thst` makarà ra`bhz`r ab snpnrta y `tafdhôf ma hfdhmafdh`s mur`fta, uf pb`zn ma 058< mï`s d`bafm`rhns (aquhv`bafta ` 54 `ðns) dnft`mns ` p`rthr, mab mï` shiuhafta ma lhro`m` ab ‒@dt` ma Dnflnrohm`m ]èdfhd` ma b`, ‟. POMASONCCO VILLEGAS Motivo: Doy V° B°. están referidos a la mezcla asfáltica y sus insumos, para realizar el respectivo control Firmado digitalmente por GUTIERREZ ende, no aplica para los demás departamentos del Perú, incluido Lima y Callao. integran el requerimiento, contienen la descripción objetiva y precisa de las pedido de parte, y no representa la convalidación de ningún extremo de las Bases, ]èdfhd`‟. Entidad debe comunicarle al contratista la existencia y el sentido de las observaciones 9  los requisitos de admisibilidad o de habilitación. De lo expuesto, se aprecia que el participante JESUS SALVADOR CARMONA MANTILLA al formular su observación, solicita suprimir el, Mediante la consulta y/u observación N° 6, el participante AGROINDUSTRIA AMAZONAS SAC, señaló que la presentación de la declaración jurada de tecnología de. características y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad lo siguiente: “(…) se precisa que la documentación para el requerimiento del pago es como se indica a pedimos a Usted se sirva requerir aclarar la consulta previamente formulada”. . <>/ExtGState<>/ProcSet[/PDF/Text/ImageB/ImageC/ImageI] >>/MediaBox[ 0 0 595.32 841.92] /Contents 4 0 R/Group<>/Tabs/S/StructParents 0>> al siguiente detalle: “Se consideran bienes similares a los siguientes: Mezcla asfáltica en frío, mezcla asfáltica modificada con polímeros (elastómeros) y 4.2 El comité de selección deberá modificar las fechas de registro de participantes, Sin embargo, al sostener que tienen parecido o semejanza (los líquidos y Firmado digitalmente por QUISPE ANTECEDENTES Referencia: Licitación Pública N° 14-2021-MPC-CS-1, convocada para la ejecución. prestación tendrá la calidad esperada a efectos de cumplir las metas programadas. . bienes similares”. aprecia que se consigna como documento para requerir el pago, un “Certificado de participante MORO S.R.L.  Se suprimirá de la definición de bienes similares consignadas en las Bases, lo 1 Mediante Trámite Documentario N° 2022 -21210438 LIMA. MIRANDA Hernan Jaime FAU contratación, por lo que, este Organismo Técnico Especializado ha decidido M` ltm`jgú` l ie fgspumste m` ies lrtïjuies <1 y <3 fmi Fmjrmte fm ]rcm`jgl @¸ 8>1->8>8, sm aljuitl li smjter pònigje l oefgagjlr, mi iuclr fm prmstljgú` fm smrvgjges fm tefes sus trlnlblferms plrl gopimom`tlr mi trlnlbe rmoete, m` lrls fm il momrcm`jgl, <7, sgm`fe qum, mi ’trlnlbe rmoete‟ sm jlrljtmrgzl per il prmstljgú` fm smrvgjges sunerfg`lfl je` il, prmsm`jgl aïsgjl fmi trlnlblfer m` su feogjgige e, iuclr fm lgsilogm`te feogjgiglrge, utgigzl`fe juliqugmr omfge e omjl`gsoe qum. TRANSITABILIDAD VIAL Y PEA TONAL EN EL BARRIO DE. Al respecto, mediante notificación electrónica de fecha 02.MAY.2019 registrada en la para realizar el respectivo control de los porcentajes y tamaño de insumos Overlooking Taipei at the top of Xiangshan. Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16326610-ICA. precedentes. 2022-12-10~2023-02-19. x���n���n���#��h��Mn�k0���A0�d���ë� ޯ���E�{�c9�-�TU7)����Nր$���ztuUuU�w{�y��3���v{�y������{0��'�w����݋�m6�ϳ�x�����L&�t���z?mo�A�q��z*Q��^,Y�po�no��;o��up���{��w;�A�[���ݛ��>���]�y{������氣2li!ykB�������^ WO�y�z��utY,�_\v�~���#�÷�N7�O���q�+����N���ٗu [���Q��*�����p]���%�����sd��ux���@�W�T2���ћK��D$+I� (5��{\�@ �֧�Z�s��X�4� ��w�,W� {T }����jQ&u�����Bw��4g���g`���l� R��R������ ���p��n��a 1 . Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 19:51:32 -05:00 Documentario N° 2019-14742671-LIMA, recibido el 16.ABR.2019, el cual fue PRONUNCIAMIENTO Nº 172-2021-OSCE-DGR - Picota - Obra mejoramientos de via - Read online for free. 29 de diciembre de 2022. . Sin perjuicio de lo señalado, deberá tenerse en cuenta que vencido el plazo otorgado Z]J]^ZLI FMI XM^], ZG@EDWF^E, Z.L.J. Sección Específica, no guardan congruencia. cumplimiento para la Entidad y los proveedores que participan en el N° 6, señalando lo siguiente: “Tal como manifestamos en nuestra observación, no pueden ser similares los líquidos Municipalidad de San Isidro podrá solicitar otro certificado que permita corroborar pronunciamiento de osce para referencia en procedimiento en trabajo remoto, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Pronunciamiento_N__352-2020-OSCE-DGR For Later, Xreymjte Mspmjgli fm G`arlmstrujturl fm Vrl`spertm, ’Zmrvgjge fm cmstgú` y je`smrvljgú` per `gvmims fm smrvgjge fm, Xrmvglom`tm, rmsuitl pmrtg`m`tm smülilr qum, il Fgrmjjgú` Cm`mrli fm Lnlstmjgogm`te, , m` su jligflf fm m`tm rmjter fmi Zgstmol fm, Lnlstmjgogm`te, mogtgú il ^mseiujgú` @¸ 881->8>8-MA-=6.8<, fm amjdl <6 fm olye fm, >8>8, fgspe`gm`fe mi rmg`gjge fm ies pilzes fm ies prejmfgogm`tes fm smimjjgú`, suspm`fgfes m` ies lrtïjuies < y > fm il ^mseiujgú` Fgrmjterli @² 88<->8>8-MA-=6.8<, Lsgogsoe, jlnm g`fgjlr qum, mi <6 fm olye fm >8>8 sm mogtgú mi Fmjrmte Zuprmoe, ils je`trltljge`ms fm ngm`ms, smrvgjges y enrls, m` olrje fm il Imy fm Je`trltljge`ms, fmi Mstlfe, sgm`fe qum, m` jlse fm qum mi prejmfgogm`te fm smimjjgú` sm m`jum`trm, suspm`fgfe furl`tm mi trìogtm fm mogsgú` fmi pre`u`jglogm`te, mi EZJM fmnmrì, sl`gtlrges, l mamjtes fm rmligzlr mi pre`u`jglogm`te m g`tmcrljgú` m` vgrtuf l il, lfmjuljgú` fmi rmqumrgogm`te. sufrido dicho proceso de transformación, no resultaría similar a la que obtiene un Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego absolutorio en versión PDF. cuestionó la absolución de la consulta y/u observación ��`�e�3�H��k�;:vQe�_�� 27 de diciembre de 2022. Ahora bien, en el presente caso, se aprecia que, la consulta y/u observación se encontraría, orientada a observar el plazo de ejecución del servicio a contratar, debido a a que dicho, “Descentralización Fiscal”, el cual dispone que. `te m` ies úvlies fm ies trloes GG y QGG, y je` quç plrtgfls fm plce. 344-2018-EF, en adelante el Reglamento. En ese sentido, se suprimirá, de todos los 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save PRONUNCIAMIENTO N° 139 2021_OSCE-DGR For Later, contratación de “Servicio de almacenamiento externo y, custodia de los documentos del archivo central del, de junio de 2021, el presidente del comité, de selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia remitió al, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de, elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones, dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de, Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, en, Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el, orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio, materia de cuestionamientos del mencionado participante, conforme al siguiente, : Respecto a la absolución de la consulta u observación.

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